Corte de Apelaciones de Punta Arenas emitió fallo que confirma legalidad de restitución de terreno en toma.

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La Corte de Apelaciones de Punta Arenas rechazó el recurso de protección interpuesto por la dirigenta de la agrupación “Villa Las Luciérnagas” en contra del Serviu Regional, estableciendo que el requerimiento de desocupación voluntaria del terreno donde se ubica el asentamiento Villa Las Etnias, se ajusta al procedimiento administrativo de restitución dispuesto por la Delegación Presidencial Regional y no constituye un acto ilegal ni arbitrario.

El Seremi Rodolfo Guajardo Barría señaló “Queremos indicar con claridad que la recuperación del terreno seguirá su curso, porque tenemos la responsabilidad de resguardar este bien y abordar una situación que también ha afectado a los vecinos del entorno. Nuestro propósito es que este proceso se desarrolle de manera pacífica, ordenada y privilegiando siempre la salida voluntaria de las familias”.

“Al mismo tiempo, mantenemos abiertas las puertas del Ministerio para orientar a quienes presentan una necesidad habitacional y puedan acceder a nuestros programas, cumpliendo los requisitos establecidos, al igual que todas las familias que esperan una solución habitacional en Magallanes”, agregó.

El fallo menciona entre los antecedentes considerados para dar inicio al procedimiento, la Resolución Exenta de la Seremi de Salud de diciembre de 2024, que declaró zona de riesgo sanitario al sector de los campamentos Lautaro y Villa Las Etnias.