TOP de Punta Arenas condena a 700 días de pena remitida a autor del delito consumado de abuso sexual de menor de 14 años

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal condenó a J.C.S.M. a 700 días de presidio, con el beneficio de
la remisión condicional de la pena por igual lapso, en calidad de autor del delito consumado de
abuso sexual de menor de 14 años de edad. Ilícito perpetrado entre 2009 y 2010, en su domicilio.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Constanza Sutter Lagarejos
(presidenta), Julio Álvarez Toro y José Octavio Flores Vásquez (redactor)–, aplico, además, a
J.C.S.M. la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena;
más el pago de las costas de la causa.

Asimismo, el condenado deberá cumplir las accesorias especiales de interdicción del derecho de
ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa y la sujeción a la
vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal.

“Para el cumplimiento de la remisión condicional, el sentenciado deberá presentarse al Centro de
Reinserción Social de Gendarmería de Chile, dentro de los cinco días siguientes a la fecha en que
se encuentre firme o ejecutoriado el presente fallo, bajo apercibimiento de que si no lo hace, se
despachará en su contra una orden de detención, y que eventualmente se le pueda revocar o
dejar sin efecto la Remisión condicional, con las consecuencias, ya referidas”, consigna la
resolución.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras
biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro
nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que en fecha indeterminada
entre 2009 y 2010, la víctima, una niña nacida en mayo de 2000, “concurrió a casa de su
compañera de curso, vecina y amiga llamada (…), al inmueble ubicado en calle (…) Punta Arenas, y
se quedó al cuidado de los padres de su amiga por unos días, porque sus progenitores viajaron a la
ciudad Santiago, junto a su hermana menor”.

En dicho contexto, encontrándose la víctima acostada en una cama, en la casa del acusado, “este
ingresó al dormitorio donde estaba acostada en la cama -dependencia en que ella se encontraba y
que compartía con (…)–“, y le efectuó tocamientos indebidos por debajo de la ropa, y también
tomó la mano de (…) y la puso en contacto con sus genitales. “Sin comprender dicha menor el
significado del proceder de J.CS.M., que le provocó afectación, la que años después, al tener su
primera relación sentimental y sexual consentida, recordó y comprendió el significado sexual de
aquellos actos ejecutados por el imputado”.