El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas condenó hoy –viernes 26 de enero– a J.A.P.M. a la pena de cumplimiento efectivo 541 días de presidio, en calidad de autor del delito consumado de desacato en contexto de violencia intrafamiliar (VIF). Ilícito perpetrado en abril de 2020, en la comuna.
En fallo dividido, el tribunal –integrado por los jueces Guillermo Cádiz Vatcky (presidente), Luis Álvarez Valdés y José Flores Vásquez (redactor)– aplicó, además, a J.A.P.M. la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y el pago de las costas de la causa.
Asimismo, el sentenciado deberá abstenerse de aproximarse a la víctima, a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro que se encuentre, por el término de dos años.
El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable que aproximadamnete a las 22:30 horas del 22 de abril de 2020, “(…) J.A.P.M. envió mensajes a través de aplicación whatsapp a la víctima, su excónyuge, encontrándose los mismos separados de hecho, mientras esta última se encontraba en la comuna de Puerto Natales, en los cuales aquel la insultó y denostó en su calidad de mujer, incumpliendo con ello el condenado la medida cautelar dictada en una causa de un tribunal de Familia, en que se le prohibía al imputado tener todo tipo de comunicación, ya sea vía telefónica, por mensajes de texto, whatsapp, facebook, instragram y cualquier otra aplicación masiva, entre otras cautelares decretadas, en favor de la víctima; medidas cautelares que se encontraban vigentes y debidamente notificadas al condenado”.
Decisión acordada con el voto en contra del magistrado Álvarez Valdés.