Senador Bianchi presentó proyecto que busca limitar beneficios cautelares de acusados por delitos sexuales y alta connotación

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Tras el dictamen de la Corte de Apelaciones de Rancagua que revocó la prisión preventiva de
Eduardo Macaya Zentilli, padre del senador y presidente de la UDI, Javier Macaya, quien se
encuentra imputado por cuatro delitos de abuso sexual impropio y que ahora deberá cumplir
arresto domiciliario total previo pago de una caución de 150 millones de pesos, el senador
independiente por la Región de Magallanes y la Antártica Chilena, Karim Bianchi, presentó un
proyecto de ley que busca prohibir que imputados por delitos sexuales y de alta connotación,
entre otros, puedan acceder al beneficio de reemplazo de prisión preventiva por una caución
económica.
El parlamentario señaló que “cárcel para los pobres y libertad para los poderosos, esto no es
una consigna, es una realidad, donde las clases de ética no son más que una muestra de las
puertas que abre el dinero cuando de enfrentarse a la justicia se trata. Es por eso que
buscamos prohibir que los imputados por delitos sexuales, contra la vida, económicos y de alta
connotación o complejidad puedan acceder al beneficio de reemplazo de la medida cautelar de
prisión preventiva por una caución económica”.
En el mismo sentido, Bianchi explicó que “acá yo no estoy atribuyéndole culpabilidad a nadie,
sino que ante algunos delitos que revisten de alta peligrosidad la gente siente que hay una
justicia para ricos, donde se puede pagar, y otra para pobres, que van a la cárcel. Pero esto no
solo apunta a delitos sexuales, sino que también a otros de connotación mayor, como
asesinatos o terrorismo, por ejemplo, y que sean relevantes, entonces, va más allá de
personalizar esto en alguien en particular. Espero que la Comisión de Constitución tome este
proyecto que no tuvo interés en otros senadores, que la senadora y presidenta de la Comisión,
Luz Eliana Ebensperger, tenga la deferencia de tramitarlo”.
Respecto a la iniciativa, el congresista agregó que “lo que buscamos es prohibir que los
imputados por delitos sexuales, contra la vida, económicos y de alta connotación o complejidad
puedan acceder al beneficio de reemplazo de la medida cautelar de prisión preventiva por una
caución económica, cuando esta hubiere sido o debiere ser impuesta únicamente para
garantizar la comparecencia del imputado al juicio y a la eventual ejecución de la pena. En
general, el sistema debería aceptar esta medida en ciertos delitos que son, por ejemplo,
eminentemente patrimoniales, pero resulta improcedente pensar que imputados por delitos que
atenten contra bienes jurídicos protegidos tan relevantes como la vida, la indemnidad sexual, la
libertad sexual, el patrimonio fiscal o contra la libertad ambulatoria puedan acceder a este tipo
de beneficios. El derecho penal no puede transformarse en un asunto de dinero y la justicia
debe generar la sensación de igualdad ante la ley, que hasta hoy, no se ha dilucidado”.