SE APRUEBAN PRIMERAS NORMAS PARA LA CÁMARA TERRITORIAL EN LA CONVENCIÓN CONSTITUCIONAL

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La Comisión de Sistema Político de la Convención Constitucional continuó esta jornada la votación de las múltiples indicaciones que hay respecto de la estructura del Poder Legislativo, que comprende a un Congreso Plurinacional y la Cámara Territorial.

De acuerdo a lo aprobado hoy, la Cámara Territorial podrá conocer de las contiendas de competencia que se susciten entre las autoridades políticas o administrativas y los tribunales superiores de justicia, que son las atribuciones que actualmente tiene el Senado.

Además, podrá prestar o negar su consentimiento a los actos del Presidente de la República, en los casos en que la Constitución o la ley lo requieran, podrán otorgar su acuerdo para que el Presidente de la República pueda ausentarse del país por más de 30 días o a contar del tercer domingo de noviembre del año anterior al que deba cesar en el cargo en el que esté en funciones.

Respecto a los futuros integrantes de esta Cámara Territorial, estos no tendrán la facultad de presentar ni de rechazar proyectos.

 

Fuente: COOPERATIVA