A fines de agosto e inicios de septiembre, la
Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado aprobó, ad referendum, dos
medidas contempladas en la reforma previsional del Gobierno que buscan aumentar
la densidad de cotizaciones y potenciar el ahorro previsional. Se trata del Seguro de
Lagunas y el alza del tope imponible.
Pero la reforma continúa su avance y el miércoles 25 de septiembre, la instancia
legislativa visó, también ad referendum, dos nuevas iniciativas que buscan el mismo
objetivo de fortalecer el ahorro para pensiones de dos grupos específicos: los
trabajadores independientes no obligados a cotizar y los afiliados voluntarios.
La ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, indicó que “existe un
acuerdo transversal de que necesitamos incrementar el ahorro previsional para
mejorar las futuras pensiones, lo que fue refrendado por el Comité Técnico que se
creó al alero de la Comisión de Trabajo del Senado. Con estas medidas, buscamos
simplificar y facilitar la cotización de grupos específicos de trabajadores y afiliados”.
“Como Gobierno, en nuestra propuesta de reforma de pensiones, desde el primer día
hemos puesto el foco en los grupos de personas más desprotegidos por el actual
sistema previsional, como son las mujeres y, por otro lado, las y los trabajadores
independientes que no están obligados a cotizar y a los afiliados voluntarios, a
quienes van en directo beneficio estas medidas que aquí se mencionan y que,
esperamos, lleguen a buen puerto en la tramitación de la reforma”, expresó la Seremi
del Trabajo y Previsión Social de Magallanes, Doris Sandoval Miranda.
Con todo, es necesario preguntarse: ¿quiénes son los trabajadores independientes no
obligados a cotizar, pero que pueden hacerlo voluntariamente, y los afiliados
voluntarios? Para esto, hay que ir por parte.
Independientes no obligados
Considerando la calidad contractual o del tipo de afiliación al sistema de pensiones,
existen varios tipos de cotizantes. El grupo mayor es el de los trabajadores
dependientes, que son aquellos que tienen un contrato de trabajo y que pagan
obligatoriamente sus cotizaciones, las que son retenidas por el empleador para ser
depositadas en su cuenta individual de AFP.
Según la última Ficha Estadística Previsional de la Superintendencia de Pensiones,
en julio pasado fueron 5,6 millones de personas las que cotizaron en calidad de
dependientes.
También están los trabajadores independientes, que realizan una actividad económica
por cuenta propia y/o que emiten boletas de honorarios. En este grupo están los
obligados a cotizar, según lo estableció la reforma previsional de 2008, y son aquellos
trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios. En este caso, la
cotización se efectúa en la Operación Renta de cada año, con cargo a la devolución
de impuesto a la renta.
En el mismo grupo de los trabajadores independientes están los que realizan una
actividad económica por cuenta propia y que no están obligados a cotizar, pero que
pueden hacerlo voluntariamente para los regímenes previsionales de salud y
pensiones, como lo consigna el Decreto Ley 3.500, que regula el sistema de
pensiones. Esto se efectúa según la renta que declaren, que no puede ser inferior al
ingreso mínimo ni superior al tope imponible, y es de cargo personal.
Para cotizar, los trabajadores independientes no obligados deben hacerlo de forma
mensual, ya sea de manera presencial o por medios electrónicos, y declarar
constantemente la renta. Esto supone un desincentivo, pues requiere tiempo y
constancia.
Para facilitar la cotización de este grupo y así aumentar su volumen de ahorro
previsional y su pensión, la propuesta del Ejecutivo que la Comisión de Trabajo y
Previsión Social del Senado aprobó, ad referendum, consiste en un mecanismo
simplificado de cotización mediante la posibilidad de un convenio de pago automático
de parte del afiliado, con cargo a sus cuentas bancarias, por el plazo de un año y
renovable automáticamente.
De esta manera, el afiliado sólo declarará renta una vez al año y no tendrá que
ingresar todos los meses a pagar, lo que incentivará la constancia para su aporte
previsional y, por ende, mejorará su futura pensión.
En julio de 2024 cotizaron, de forma voluntaria, 52.080 trabajadores independientes
no obligados a hacerlo: 33.111 fueron hombres y 18.969, mujeres. La cotización de
este grupo en dicho mes fue por un ingreso promedio de $750.805, de acuerdo a
información de la Superintendencia de Pensiones.
¿Y los afiliados voluntarios?
Los afiliados voluntarios son personas que, sin ejercer una actividad remunerada,
enteran cotizaciones previsionales en una cuenta de capitalización individual
voluntaria en una AFP. Estas cotizaciones pueden ser efectuadas por otra persona
natural en su nombre y con la periodicidad que estime conveniente. Por ejemplo, un
padre o madre puede enterar cotizaciones en una cuenta individual voluntaria de hijos
o hijas.
La cotización no puede ser inferior a la que se calcule respecto del monto del ingreso
mínimo para fines no remuneracionales ($322.295).
Para facilitar la cotización en beneficio de los afiliados voluntarios, la Comisión de
Trabajo y Previsión Social del Senado también aprobó, ad referendum, otra propuesta
del Ejecutivo que busca ampliar el universo de afiliados voluntarios que podrían recibir
el pago de cotizaciones por parte de un tercero.
En este sentido, la propuesta establece que se permitirá que un trabajador pueda
autorizar descuentos por planilla con su empleador, destinados a la cuenta de
capitalización individual de afiliado voluntario de sus hijos o hijas. La regulación actual
sólo permite que se pueden destinar a cuenta de afiliado voluntario de cónyuge o
conviviente civil.
Además, se facilitará la cotización en favor de cónyuge, conviviente civil o los hijos,
incluso cuando perciban una remuneración y, por tanto, coticen previsionalmente de
forma obligatoria.
Los datos de la Superintendencia de Pensiones indican que, a julio de 2024, cotizaron
un total de 970 afiliados voluntarios: 382 fueron hombres y 588, mujeres, quienes
aportaron por un ingreso promedio de $601.045.