Presidente de la República, promulga Ley de Protección al Denunciante

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Presidente de la República, promulga Ley de Protección al
DenuncianteLa iniciativa tiene por objetivo proveer un marco normativo moderno que
desincentive conductas contrarias a la probidad y proteja adecuadamente a quienes denuncias

posibles faltas.

El Presidente de la República, Gabriel Boric Font, publicó esta mañana en el Salón Montt-Varas del
Palacio de La Moneda, la ley que establece un estatuto de protección a favor del denunciante de
actos contra la probidad administrativa, para así facilitar la denuncia de delitos o actos irregulares.
La ley tiene por objetivo facilitar la denuncia, proteger la identidad de los denunciantes y permitir
investigaciones más acuciosas. “Como Gobierno hemos sido muy claros desde el primer momento:
todo acto de corrupción debilita la democracia y queremos cuidarla”, afirmó el Mandatario
durante la ceremonia, y agregó que, “por eso, los actos de corrupción no tienen cabida en nuestro
Gobierno y no debieran tener cabida nunca, porque cuando hay un mal uso de los recursos
públicos o cuando hay corrupción, se resquebrajan las confianzas y se daña la sociedad en su
conjunto, además de ser perjudicados quienes más necesitan de esos recursos. Y eso, desde
cualquier punto de vista, independiente de cualquier diferencia política, es inaceptable”.
El seremi de Gobierno, Andro Mimica, explicó que esta ley busca principalmente contar con un
marco normativo moderno que permita desmotivar y sancionar conductas contrarias a la
probidad, entregando protección a quienes denuncian, frente a posibles represalias por parte de
los denunciados. “De esta manera, sostuvo el vocero, nos hacemos cargo de este tema con una
acción concreta que permitirá que estos hechos se descubran y transparente con mayor facilidad.
La ley permitirá que las denuncias se investiguen a través de un nuevo canal digital, administrado
por la misma Contraloría, un órgano independiente e imparcial, y con la opción de mantener la
identidad del denunciante en reserva, y con medidas de protección ante posibles represalias”.
Principales elementos de la iniciativa
Se establece el derecho de todo denunciante a ser protegido. Se crea un nuevo canal de
denuncias, que será una plataforma electrónica administrada por la Contraloría (CGR). También se
establece que la CGR debe registrar y dar seguimiento a todas las denuncias.
Se podrán denunciar hechos constitutivos de infracciones disciplinarias o faltas administrativas,
incluyendo hechos de corrupción o que afecten o puedan afectar bienes o recursos públicos. Las
denuncias también podrán realizarse en contra de personas e instituciones privadas en que el

Estado tiene participación o que perciban fondos fiscales.
Se establece que el denunciante de actos contra la probidad administrativa podrá pedir la reserva
de su identidad. Se otorgan potestades a la Contraloría para iniciar directamente la persecución de
responsabilidades administrativas de los funcionarios involucrados en asuntos relevantes para el
interés público. El organismo propone sanciones a la respectiva autoridad competente. Se
establecen mecanismos de protección preventivos en favor del denunciante que sea personal de
la administración del Estado. Por ejemplo: no ser objeto de suspensión del empleo o de
destitución, o del término anticipado de su designación o contrato; no ser trasladado de localidad,
dependencia o función que desempeñe sin autorización por escrito; no sufrir menoscabo en sus
condiciones laborales; no ser objeto de precalificación anual.
Se modifica el Estatuto Administrativo, agregando una nueva causal de destitución a quien ejecute
acciones de hostigamiento en contra de cualquier persona que efectúe una denuncia o declare
como testigo en una investigación administrativa o judicial.
Alcance de la protección: para el personal de Administración del Estado que, para efectos de esta
ley, incluye a todos quienes prestan servicios a sus instituciones. Esto, independientemente de si
tienen un contrato de trabajo o a honorarios e incluye también a estudiantes en práctica y
prestadores de servicios contratados.
Esta ley responde a la necesidad de contar con un marco robusto de protección de denunciantes
en materia de probidad e integridad pública: la denuncia es una de las principales herramientas
para develar hechos ilícitos y faltas a la probidad. El estudio Radiografía de la Corrupción (2020) de
la CGR indicó que solo un 32,9% de quienes fueron víctimas y/o testigos de corrupción lo
denunció. Una de las principales razones mencionadas para no denunciar es el temor a ser objeto
de represalias o amenazas (35,1%), lo que es más prevalente en funcionarios públicos (48,7%). La
ley busca enfrentar este problema.
Existen diversos instrumentos internacionales que reconocen esta necesidad: la Convención para
Combatir el Cohecho a Funcionarios Públicos en Transacciones Comerciales Internacionales
(OCDE), la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (ONU), y la Convención
Interamericana contra la Corrupción (OEA).