La Corte de Punta Arenas rechazó hoy –lunes 28 de octubre– el recurso de
nulidad deducido en contra de la sentencia que condenó a Gerardo Patricio Pinda
Segovia a las penas de 4 años y un día y 3 años y un día de presidio efectivo, en
calidad de autor de los delitos consumados de conducción de vehículo motorizado
en estado de ebriedad causando lesiones graves gravísimas y el incumplimiento
de la obligación de detener la marcha, prestar la ayuda posible y dar cuenta a la
autoridad de todo accidente en que se produzcan lesiones, respectivamente.
Ilícitos perpetrados en septiembre del año pasado, en la comuna de Puerto
Natales.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro
Marcos Kusanovic Antinopai, el fiscal judicial Pablo Miño Barrera y la abogada (i)
Sintia Orellana Yévenes– descartó error de derecho en la sentencia impugnada,
dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas.
El fallo de primera instancia ratificado dio por acreditado, más allá de toda duda
razonable, que aproximadamente a las 20:50 horas del 19 de septiembre de 2023,
Pinda Segovia condujo en estado de ebriedad y sin haber obtenido licencia de
conducir el vehículo placa patente ZZ-8307 por la intersección de las calles
Santiago Bueras y Eusebio Lillo de Puerto Natales.
En dicho lugar, el condenado colisionó al vehículo HDHW-88 que manejaba la
víctima, C.A.S. en compañía de su pareja M. A. B. y el hijo en común de 3 años de
edad. Debido a intensidad del impacto, M.A.B. salió eyectada del vehículo y el
niño quedó debajo de la silla de seguridad.
A consecuencia del choque, C.A.S resultó con lesiones de carácter leve,
consistentes en policontusión; su hijo, con lesiones de carácter grave,
específicamente politraumatismo, traumatismo encefalocraneal moderado, trauma
ocular cerrado y contusión pulmonar bilateral, con tiempo estimado de sanación e
incapacidad superior a 30 días.
En tanto, M.A.B. resultó con lesiones de carácter grave, consistentes en
politraumatismo; luxofractura cervical C3, disección traumática de arteria vertebral,
síndrome Brown-Secuard, con un tiempo estimado de sanación e incapacidad
superior a 180 días. Lesiones que la dejaron con secuelas permanentes, entre
alteraciones neurológicas con recuperación parcial de funciones motoras y
sensitivas, como la pérdida motriz de la extremidad superior derecha que, en
definitiva, se tradujo en una invalidez severa del 50%, que la incapacita
laboralmente.
Adicionalmente, Pinda Segovia ocasionó daños estructurales que se tradujeron en
la pérdida total del vehículo de las víctimas.
Tras la colisión, el condenado se dio a la fuga del lugar a pie, sin prestar ayuda ni
dar cuenta a la autoridad del accidente de tránsito.
En tanto, la prueba respiratoria que se practicó al sentenciado arrojó 1,96 gramos
de alcohol por litro de sangre, mientras que la alcoholemia de rigor indicó 1,56
gramos de alcohol por litro de sangre.