A partir de noviembre comenzó a regir la Ley de Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, normativa respecto a la cual la jueza del Juzgado de Familia de Punta Arenas, Paula Stange, destacó que “la idea es que empiece a funcionar de manera automática, es decir, que las personas no tengan que solicitar el ingreso del deudor al registro, sino que los tribunales lo hagamos de forma oficiosa”.
Al registro se accede de forma remota, gratuita e inmediata para cualquier persona con interés legítimo en la consulta. Además esta ley establece que las pensiones de alimentos deben fijarse en UTM con el fin de ordenar y unificar los montos, y permitir su reajuste automático.
“La parte que es beneficiaria de los alimentos no tiene la obligación de pedir que se cambie a UTM, pero si es recomendable que lo haga. Nuestra idea como tribunal es oficiosamente que las causas que vayamos captando ir transformándolas a UTM para garantizar que el valor de la pensión de alimentos que fue fijada en pesos conserve su valor, y por otro lado es importante que esté en UTM para que se realicen las liquidaciones es decir, que se vaya viendo cuánto es la deuda que tiene el deudor de manera automática”, explicó la magistrada Stange.
En cuanto a las consecuencias para aquellos deudores que se encuentren en este registro, la jueza comentó que “son bastantes y vienen a estimular al deudor que efectivamente pueda pagar, por ejemplo, cuando vaya a sacar su licencia de conducir la municipalidad tiene la obligación de revisar este registro, si la persona está en este registro no debe dar curso a su solicitud, lo mismo con el pasaporte. También – y que tiene que ver con garantizar el pago- es la devolución de impuesto, la Tesorería General de la Republica tiene la obligación de ver este registro, y si está, a la persona se le retiene todos los fondos hasta garantizar el pago total de la deuda o bien, hasta que la deuda quede pagada y la diferencia se la entrega al deudor. Y así una serie de consecuencias que permiten en el fondo garantizar estos pagos”.
Aquellos demandantes de pensiones de alimentos posteriores al 18 de noviembre, deben ingresar a las y los deudores a través de la página web tramitefacil.pjud.cl. Por otro lado los datos que se pueden ver públicamente en el registro son: nombre completo y número de cédula de identidad, número de personas alimentarias afectadas (hijos y/o hijas), el monto de la deuda y cantidad de cuotas adeudadas, el Tribunal de Familia que fijó la pensión de alimentos, y datos de la cuenta dispuesta para el pago.