EL 26 DE MARZO SE CONOCERÁ FALLO DE LA CORTE DE APELACIONES POR HORRENDO CRIMEN DE ROBERTO VERDUGO. MINISTROS DEJARON EL CASO EN ACUERDO PENDIENTE.

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La Corte de Apelaciones de Punta Arenas escuchó los alegatos del recurso de nulidad deducido por las defensas de Adalio Mansilla Quinchaman y Fabián Peña Mansilla, en contra de la sentencia que los condenó a sendas penas de presidio perpetuo calificado, en calidad de autores del delito consumado de homicidio calificado (alevosía) de Roberto Verdugo Vargas en enero de 2023, en la comuna.

La Primera Sala del tribunal de alzada -integrada por la ministra Caroline Turner González, el fiscal judicial Pablo Mino Barrera y el abogado integrante Osvaldo Oyarzún Miranda- escuchó los alegatos de las partes de la causa y dejó en acuerdo la redacción de la sentencia para el próximo miércoles 26 de marzo.

Recordemos que el 232 de diciembre del 2024 y en fallo unánime (causa rol 103-2024), el tribunal –integrado por los jueces Luis Álvarez Valdés (presidente) quien falleció días después junto a Rosana Vidal Ojeda y José Octavio Flores Vásquez (redactor)– aplicó, además, a Mansilla Quinchamán y Peña Mansilla las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos por el tiempo de vida de los penados, y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por el máximo que establece el Código Penal; más el pago de las costas del proceso.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados. Asimismo, se decretó el comiso de las especies incautadas en el procedimiento.

El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que en horas de la mañana del 14 de enero del 2023, la víctima, Roberto Sebastián Verdugo Vargas, de 21 años de edad, caminaba por calle Carlos González Yaksic de la población Nelda Panicucci de la ciudad de Punta Arenas y, al pasar frente al inmueble N°2940, se percató de la presencia de los condenados, quienes estaban bebiendo y escuchando música en el antejardín de dicha vivienda, domicilio del condenado Peña Mansilla quien es sobrino del sentenciado Mansilla Quinchamán.

En dicho contexto, la víctima se acercó a tío y sobrino quienes le ofrecieron un vaso de pisco por la suma de $2.000. Él aceptó e ingresó a la vivienda, pagó el trago y compartió con los condenados hasta que Peña Mansilla comenzó a lanzarle golpes de puño como “un juego”. Dinámica que fue imitada por el joven Verdugo Vargas, lo que provocó que Mansilla Quinchamán lo golpeara de verdad al interior de la vivienda y, luego con un arma cortopunzante y actúo a traición y sobre seguro, le propinó múltiples estocadas en la zona cervical, torácica posterior y abdomen. Lesiones complicadas que le causaron la muerte a la víctima en el lugar.

Agresión que fue secundada por Peña Mansilla quien, lejos de prestar ayuda o impedir el ataque, prestó cobertura, golpeó también a la víctima y la contuvo mientras su tío la agredía; asimismo, omitió ejercer cualquier acción cuando Verdugo Vargas se desangraba al interior de su domicilio.

La víctima perdió la vida debido a una anemia aguda provocada por las múltiples estocadas que recibió, aumentando así deliberada e inhumanamente su dolor, más allá del propósito homicida común de los agresores.

Una vez fallecida la víctima, Mansilla Quinchamán procedió a mutilar su cuerpo, utilizando, entre otros elementos, varios cuchillos, un machete, un martillo, un hacha y un corta cartón, para luego insertar los restos en una bolsa.