El jueves 21 de julio de la semana recién pasada, la Ilustrísima Corte Suprema ratificó en fallo del Tribunal
Medioambiental de Valdivia y la denuncia efectuada por el Consejero Regional Alejandro Riquelme. La
acusación señalaba que el Ministerio de Obras Públicas, había eludido el Sistema de Evaluación Ambiental, al
no ingresar un proyecto de Contención y barreras del Río de las Minas, que se ejecutan hasta la fecha, en el
puente de Avenida Frei, aguas arriba del Río.
El fallo obliga a la paralización total de las Obras que aún se encuentran inconclusas, mientras el Ministerio no
obtenga una resolución favorable del proyecto en el Sistema de Evaluación Ambiental, antes de retomar
cualquier actividad.
Esta es la segunda denuncia del Consejero Regional en contra del Ministerio de Obras Pública que termina en
una paralización de Obras. Un caso similar concurrió, cuando el proyecto también del MOP llamado:
“Construcción nudo vial Avenida Frei-Ruta 9”, mejor conocido como el Paso sobre nivel de la Ruta 9, fue
denunciado también a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) por Riquelme, la cual después de un
investigación 1 determinó que se encontraba también en la hipótesis de Elusión Medioambiental y una semana
más tarde en visita a la Región, el exSubsecretario de Obras Públicas Cristóbal Leturia, anunciaba que el
proyecto se reformularía y suspendía su ejecución y el MOP en forma paralela, desistía ante las irregularidades
detectadas en la investigación llevada a cabo por la SMA. 2
HISTORIA DE LA DENUNCIA MEDIOAMBIENTAL
Como parte del trámite de las Obras de Contención del Río de las Minas que se ejecutarían con Fondos
Regionales y Sectoriales en el lecho del Río de las Minas el año 2014, el MOP, a través de su Directora de
Obras Hidráulicas de la época, Gloria Yañez Rodríguez, informó al Servicio de Evaluación Ambiental, que el
proyecto solo Movilizaría 94.000 M3 (metros cúbicos). Dado que la Ley y el Reglamento Medioambiental
exigen que proyectos de esta índole, que superan los 100.000 M3 de material movilizado, están obligados a su
evaluación ambiental
Así, el MOP; obtuvo por parte del Servicio de Evaluación Ambiental el año 2015, una Resolución que no lo
obligaba a someter su proyecto a un extenso trámite de evaluación ambiental, concluyendo dicho servicio,
que el proyecto “… no está sujeto a la obligación de ingresar al SEIA”.
Sin embargo, la exDirectora Yañez, los funcionarios involucrados en el proyecto y la Universidad de Magallanes
que elaboró el informe, sabían que dichos datos no eran reales, pues la estimación de la misma casa de
Estudios en un anexo denominado “Análisis de Precios Unitarios y Presupuesto Estimativo” encargado por el
MOP, ya estimaba que se excedían del límite impuesto por la normativa medioambiental y el proyecto
movilizaría más de 224.942 M3 de material, muy superior al límite de 100.000 M3.
Esta información no solo fue ocultada al Servicio de Evaluación Ambiental, sino que además, 3 años más tarde:
a la Corte de Apelaciones de Punta Arenas. En un Recurso de Protección el año 2018 por Vulneración de
Derechos en materia ambiental, el mismo Riquelme en representación de una empresa, la misma exdirectora
de la DOH Gloria Yañez Rodríguez, reafirmaba las cifras ante el tribunal ahora como: Inspectora Técnica de las
Obras del Río de las Minas, en un informe presentado como prueba para desestimar el caso 3 . El informe de
Yañez derivó que el Recurso de protección fuera rechazado, teniendo a la vista información que no era
verídica, según pudo determinar el Tribunal Medioambiental: 4 años después.
Riquelme al darse cuenta de estas irregularidades; denunció en marzo del año 2019 ante la Superintendencia
de Medio Ambiente de la Región, al Ministerio de Obras Publicas y la Dirección de Obras Hidráulicas de la cual
depende por el Posible Delito de Elusión Medioambiental. Riquelme, además remitió los mismos antecedentes
a la Contraloría Regional, pues a su juicio el MOP entre otras irregularidades, no había entregado las
verdaderas cifras sobre los movimientos de material de las obras y había ocultado la verdadera información a
la Corte de Apelaciones de Punta Arenas. Todo lo anterior, fue desestimado por el Organismo Contralor
Regional, sin remitir las irregularidades y e incluso posibles delitos, a los tribunales competentes.
Sin embargo, después de una extensa investigación de casi un año liderado por Andy Morrison, Jefe de la
oficina de la Superintendencia del Evaluación Ambiental (SMA) en Magallanes, este emitió un extenso
“Informe Técnico de Fiscalización Ambiental” 4 que determinó que el MOP, no solo había superado el umbral
de 100.000 M3 movilizados, sino que ya llegaba a los 305.676 M3, triplicando el máximo exigido por la
normativa medioambiental, a pesar que la obras aún no concluían, seguían su curso y sumando aún más
volumen movilizado. De esta forma la SMA derivó los antecedentes al Servicio de Evaluación Ambiental, que
determinó a diferencia de lo obrado el año 2015, que el proyecto si debía ingresar para su evaluación y se
estaba ante la hipótesis de Elusión Medioambiental por parte del MOP. 5 “.. la Dirección de Obras Hidráulicas,
tipifican como un proyecto o actividad que debió ser sometido al SEIA, de manera previa a su ejecución”.
INTERVENCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE MEDIOAMBIENTE NACIONAL
A pesar de la contundente investigación llevada a cabo por el SMA Regional, el Director Nacional del SMA
Cristóbal de la Maza Guzmán 6 intervino y decidió unilateralmente “solicitar mayores antecedentes” al MOP,
para entregarlos al Servicio de Evaluación Medioambiental y revertir su decisión.
Así, el MOP tuvo la posibilidad de aportar nuevos antecedentes, que a la postre dio vuelta, por tercera vez la
postura del Servicio de Evaluación Medioambiental y la investigación fue: archivada y desestimada, por parte
del ente fiscalizador. 7
Sin embargo, Riquelme, ante esta situación a todas luces anómala, recurrió al Tribunal Medioambiental de
Valdivia el 30 de diciembre del 2021, en contra de la Superintendencia de Medio Ambiente y el MOP 8 .
El Tribunal determinó a la postre, que: si existió el delito de Elusión al Sistema de Evaluación Medioambiental
por parte del MOP y el proyecto cuestionado, aseverando que la institución pública debió haber ingresado
antes de su ejecución el proyecto para evaluación. La Superintendencia de Evaluación Ambiental y el consejo
de Defensa del Estado recurrieron a la Corte Suprema para tratar de revertir el fallo, sin embargo esta, ratificó
lo sancionado por el Tribunal Medioambiental y la denuncia del Consejero Regional Alejandro Riquelme Ducci.
IRREGULARIDADES EN OTRAS REPARTICIONES ESTATALES Y TRIBUNALES DE MAGALLANES
Este fallo de la Corte Suprema, no solo ratifica lo denunciado por Riquelme, sino que además, podría abrir
otras aristas, que fueron obviadas por otros entes fiscalizadores y Cortes Regionales: “La primera vez que
denuncié estas irregularidades fue a través de un Recurso de Protección en la Corte de Apelaciones el año
2018, pero fueron los mismos funcionarios y asesores que hoy están en tela de juicio, los que elaboraron
informes con cifras inexistentes en la realidad, no permitiendo a los Jueces de la Corte fallar en Derecho, al no
contar con antecedente fidedignos.
Yo espero que dicha Corte investigue de oficio a los funcionarios públicos, dado que, si esto se hubiese detenido
el año 2018 en dicho Recurso de Protección, se podría podido determinar y mitigar el daño medioambiental,
como consecuencia de estas obras.”
Riquelme agregó: “Extraña muchísimo que el Consejo de Defensa del Estado y la Superintendencia de Medio
Ambiente, los llamados a perseguir en nombre del Estado de Chile a los autores de estos delitos
Medioambientales, durante dos años hicieron todo lo contrario: defendieron a las Instituciones y los
funcionarios públicos que las cometieron. Por su parte Contraloría Regional, extrañamente no detectó ninguna
irregularidad, a pesar de contar con los mismos antecedentes que el Tribunal medioambiental, y ni siquiera fue
capaz de remitirlos a los tribunales competentes, cual era: su obligación.”
Riquelme recalco: “Los ciudadanos estamos en la indefensión más grande, y cada vez vemos, más permeadas
las Instituciones del Estado que deben investigar estos delitos e infracciones, las cuales lamentablemente se
alinean y ponen al lado de los responsables, cuando debiera ser todo lo contrario”
Consejero Regional ratificó que solicitará al Contralor Nacional – dado que la Contraloría Regional no entrega
garantías de imparcialidad – se reconsidere la investigación regional llevada a cabo, que exoneró al MOP, la
Universidad de Magallanes y sus funcionarios, de estos ilícitos y que sea el Contralor Nacional, quien persiga y
sancione la responsabilidad administrativa en este grave hecho.