CORTE SUPREMA CONDENO AL FISCO A PAGAR 35 MILLONES DE PESOS A TORTURADO EN REGIMIENTO PUDETO EL AÑO 1973

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La Corte de Apelaciones de Santiago condenó al fisco a pagar una indemnización de $35.000.000 (treinta y cinco millones de pesos) por concepto de daño moral, a Edmundo Mauricio Maillard Mancilla, quien fue detenido el 12 de septiembre de 1973 y torturado en unidades militares de Punta Arenas.

En fallo unánime (causa rol 1.146-2020), la Decimotercera Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Carolina Vásquez Acevedo, Claudia Lazen Manzur y Carmen Gloria Escanilla Pérez– revocó la sentencia apelada, dictada por el 8° Juzgado Civil de Santiago, que acogió la excepción de prescripción extintiva opuesta por el fisco y, consecuencialmente, la demanda de indemnización de perjuicios incoada por la víctima.

“Que no fue materia de cuestionamiento por parte del demandado, los hechos descritos en su libelo por el actor, la cual se abocó a alegar las excepciones y formular las alegaciones ya latamente transcritas, alegaciones que en cuanto a haber efectuado las reparaciones que describe en su contestación importan el reconocimiento de los hechos que motivan la acción”, plantea el fallo.

La resolución agrega que: “En todo caso y en orden a demostrar sus pretensiones el demandante rindió documental correspondiente a la nómina de personas reconocidas como víctimas, elaborado por la Comisión Nacional de Prisión Política y Tortura (Informe Valech I), en la que aparece el actor signado con el Nº19.741, además se encuentra calificado como víctima en el listado de prisioneros políticos y torturados elaborado por la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura conocida como Comisión Valech II, correspondiéndole en dicho registro el número 4985, y copia de Informe del Servicio Médico Legal, remitido con fecha 10 de julio de 2019, sobre las facultades mentales de Edmundo Mauricio Maillard Mancilla, de 78 años de edad, expedido por el profesional médico psiquiatra forense Iván Lailhacar Formigo, consistente en evaluación mediante entrevista psicológica, donde se concluye la existencia de un trastorno por estrés post traumático reactivo a los hechos relatados en esta causa”.

Para el tribunal de alzada: “De todo ello, es posible tener por acreditado que el demandante fue víctima de detención y apremios ilegítimos por motivaciones de carácter político, por parte de agentes estatales. Concretamente, debe tenerse por probado, que el día 12 de septiembre de 1973, el demandante fue detenido por civiles, siendo trasladado a Cerro Sombrero, a una propiedad de ENAP, que estaba a cargo de militares lugar en donde permaneció hasta el 15 de septiembre de ese mismo año, siendo luego trasladado a Punta Arenas, al Regimiento Motorizado N° 10 de Pudeto, para luego a fines de octubre de ese año ser llevado a otro recinto denominado ‘El palacio de la risa’, atribuyéndole activismo político y agrícola, recintos en donde fue objeto de apremios ilegítimos, tortura y simulacro de ejecución. Fue liberado el 14 de noviembre de 1973, con una carta de ‘ciudadano sin problemas’”.

Por tanto, se resuelve que: “se revoca la sentencia apelada de dieciséis de septiembre de dos mil diecinueve, dictada por la jueza titular del 8° Juzgado Civil de Santiago, por la que se acogió excepción de prescripción extintiva opuesta por el Fisco de Chile y se rechazó la demanda de indemnización de perjuicios formulada por el actor, y se declara que:
I.- Se rechaza la excepción de prescripción alegada por el demandado;
II.- Se acoge la demanda y se condena al demandado Fisco de Chile a pagar una indemnización a favor de don Edmundo Mauricio Maillard Mancilla, ascendente a la suma de $35.000.000 (treinta y cinco millones de pesos), con los reajustes e intereses referidos en el basamento décimo tercero; confirmándose en lo demás”.

 

FOTO:  INTERFERENCIA