CORE VOTA POR MAYORIA CAMBIO REGLAMENTARIO PARA QUE GOBERNADOR REGIONAL ASUMA SU PRESIDENCIA EL 14 DE JULIO

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En consideración que el 14 de julio próximo se dará inicio a una nueva institucionalidad en la Administración Superior de la Región con asunción del Gobernador Regional en su calidad de Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena, quien, además, presidirá nuestro CORE; hace necesario adecuar las normas internas de funcionamiento en concordancia con las disposiciones reglamentarias, legales y constitucionales que regirán a partir de la referida fecha y es por ello que se sugiere al Pleno del Consejo Regional, la modificación de nuestro Reglamento Interno en los siguientes términos:

1º.- Derógase los incisos 3º y 4º del artículo 1º; artículos 3º, 4º, 5º, 6º, 6º bis, 6º ter, 6º quáter; inciso 2º del artículo 15; inciso 3º del artículo 33; artículo 33 bis; inciso 1º del artículo 37; inciso 2º del artículo 44; inciso 4º del artículo 45; artículo 48; inciso 4º del artículo 49 e inciso 1º del artículo 50.

2º.- Elimínase la letra d) del artículo 40 y la letra g) del artículo 42, pasando las actuales h), i) y j) a ser las g), h) e i) respectivamente.

3º.- Agrégase al final de la tabla del artículo 53, las siguientes expresiones numéricas bajo las correspondientes columnas “Número” 15; “Mayoría Absoluta” 8; “1/4” 4; “1/3” 5; “2/3” 10; “3/4” 11; “4/7” 9 y “3/5” 9. 

4º.- Sustitúyese el actual inciso 4º del artículo 10 por el siguiente nuevo inciso 4º: “El cargo de Secretario Ejecutivo se proveerá a través del Proceso de Selección que el Consejo Regional determine utilizar en cada oportunidad, lo que acordará previamente por la mayoría absoluta
de los asistentes con derecho a voto en la Sesión respectiva. Dicha propuesta será elaborada por la Comisión de Régimen Interior, la que deberá indicar, además, el perfil deseable.”.

5º.- Incorpórase al final, como disposiciones transitorias, el siguiente artículo único transitorio:

“Disposiciones Transitorias“ 

“Artículo Único Transitorio: A partir del 14 de julio del año 2021, las normas del presente Reglamento Interno que hagan referencia al Intendente Regional, se entenderán referidas al Gobernador Regional, en su calidad de Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Magallanes
y de la Antártica Chilena”.