La sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, integrada por los jueces don José Octavio Flores Vásquez, Presidente, doña Palmira Muñoz Leiva y don Luis Enrique Álvarez Valdés, reunidos después del debate de rigor, de conformidad con lo establecido en los artículos 339 y 340 del Código Procesal Penal, ha ponderado las pruebas rendidas en conformidad a las normas contenidas en el artículo 297 del código antes citado y previa deliberación ha resuelto:
CONDENAR a JOSE CARLOS LINCO ALMONACID, como autor del delito de receptación, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, en grado de consumado y que en él le ha tocado al imputado una participación culpable en calidad de autor, en conformidad al artículo 15 N°1 del Código Penal.
La resolución que será redactada por el juez ALVAREZ VALDES, para ser leída en la audiencia de comunicación de fallo que se llevará a efecto el día MIÉRCOLES 20 de ENERO del año en curso, a las 13:30 horas.