SENADOR KUSANOVIC PIDIO ELEMINAR REQUISITO DE OPERADORES DE CALDERAS.

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A través de la Comisión de Salud, el senador Alejandro Kusanovic, solicito a la
Ministra de Salud, Ximena Aguilera, la modificación del Decreto Nº10 del
Ministerio de Salud, del año 2013, que “Aprueba Reglamento de calderas,
autoclaves y equipos que utilizan vapor de agua”, con el objeto de darle mayor
pertinencia a las exigencias que realiza, según el tamaño, potencia y los riesgos
de las calderas, que son distintos según el tipo de caldera, ya sea a vapor de
agua, calderas de calefacción y calderas de fluidos térmicos.


Para el parlamentario, este tema tiene especial importancia para las regiones de
Magallanes y de Aysén, donde la calefacción tiene un uso generalizado durante
todo el año, «lo que está haciendo este mal reglamento es aplicar normas de
calderas de vapor a calderas de agua caliente y termina desincentivando el uso de
calderas de calefacción de agua, principalmente porque las exigencias del
reglamento encarecen su funcionamiento al tratarlas a todas como si fueran
iguales, aun cuando las cargas térmicas, mecanismos de seguridad y riesgos son
diferentes, lo que es irracional. Hoy en dia conviene en construcciónes nuevas
instalar calderas de aire caliente que no estan sujetas a esta norma para lugares
públicos”, manifestó Kusanovic.


Para graficar este punto, el oficio señala que las calderas de calefacción están
más reguladas que un calefón o los termos, así por ejemplo, si las calderas
funcionan con válvulas de seguridad de 3 bar. de presión, el termo lo hace con
válvulas de 10 bar. Lo mismo ocurre con las cargas térmicas, las calderas de
calefacción tienen una capacidad de 15 litros y en el termo son 200 litros de agua
caliente. Sin embargo, no estan excesivamente reguladas como las calderas de
calefaccion de agua.


Kusanovic, alerto la necesidad de realizar cambios urgentes al reglamento ya que
“muchas personas están cambiando de calderas a calefactores a gas por no
poder cumplir el requisito de tener un operador de calderas las 24 horas. Esto hay
que modificarlo, ponerle un límite, para que solo a las calderas sobre 100 kilowatts
se le exija un operador, pero a las de menos de 100 kilowatts no se justifica”
finaliza el legislador.