MINVU ACLARA RESPONSABILIDAD EN MANTENCIÓN DE LAS VÍAS PÚBLICAS Y ASEGURAN QUE EL MUNICIPIO DE PUNTA ARENAS NO HA PRESENTADO PROYECTOS DE BACHEO.

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Después de la modificación que se introdujo a la Ley Nº 8.946, sobre Pavimentación Comunal con fecha 18 de agosto de 2006, el Servicio de Vivienda y Urbanización (SERVIU) dejó de ser competente en materia de conservación de pavimentos de aceras y calzadas, limitándose sus facultades a la fiscalización de los aspectos técnicos de los pavimentos. De acuerdo con la misma normativa, el organismo responsable en esta materia es el Gobierno Regional, lo que está refrendado además en lo dispuesto expresamente en el artículo 16, letra N), de la Ley Nº 19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, que señala: Serán funciones generales del Gobierno Regional: “Construir, reponer, conservar y administrar en las áreas urbanas las obras de pavimentación de aceras y calzadas, con cargo a los fondos que al efecto le asigne la Ley de Presupuestos. Para el cumplimiento de esta función, el Gobierno Regional podrá celebrar convenios con las municipalidades y con otros organismos del Estado, a fin de contar con el respaldo técnico necesario”. 

Por su parte, el artículo 5º de la Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, señala: “Para el cumplimiento de sus funciones las municipalidades tendrán las siguientes atribuciones esenciales: c) Administrar los bienes municipales y nacionales de uso público, incluido su subsuelo, existentes en la comuna, salvo que, en atención a su naturaleza o fines y de conformidad a la ley, la administración de estos últimos corresponda a otros órganos de la Administración del Estado”. 

En atención a las disposiciones anteriormente transcritas, se hace presente que las calles (veredas y calzadas) son bienes nacionales de uso público, por lo cual corresponde a la respectiva municipalidad administrarlas y, en consecuencia, velar por su buen estado, coordinando con el Gobierno Regional su correcta mantención. Para estos efectos, los municipios deben elaborar los catastros de aquellas vías que requieren ser conservadas. Una vez finalizado este proceso, la entidad edilicia postula las vías seleccionadas para obtener su financiamiento a través de los fondos que el Gobierno Regional contempla para estas materias. En este proceso, el rol que cumple SERVIU es el de fiscalizar los trabajos, una vez que se hayan provisto los recursos para ello. Como Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU), y en especial como SERVIU, estamos disponibles para apoyar al Gobierno Regional y a los municipios con nuestro conocimiento técnico para celebrar un convenio que permita dar solución al alto deterioro que presentan las vías, en especial, en la comuna de Punta Arenas. 

Es importante recordar que el último proyecto de Conservación de Vías Urbanas fue aprobado por el Consejo Regional en octubre de 2015, apoyado por el SERVIU y la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Vivienda y Urbanismo, lo que permitió intervenir más de 100 calles entre las comunas de Punta Arenas, Puerto Natales y Porvenir, con una inversión de 3.350 millones de pesos. Finalmente, y en relación con los dichos del alcalde Claudio Radonich sobre un proyecto de bacheo de vías urbanas presentado al MINVU en 2019, es importante señalar que la iniciativa, si bien fue anunciada públicamente por los medios de comunicación local (septiembre de 2019), nunca se concretó. Lo anterior se debe a que el municipio sólo ingresó un catastro realizado por la empresa Vilicic, sin formularse como proyecto. Dicho estudio no tenía aprobado el Estudio de Mantenimiento Vial Urbano (MANVU), por lo que fue enviado a la, entonces, Intendencia Regional para su evaluación, de acuerdo con lo señalo por Ley. 

A la fecha, tanto en la SEREMI de Vivienda y Urbanismo como en el SERVIU, no existen registros que acrediten el ingreso de dicho proyecto para evaluación.

Agregamos que las autoridades no han querido emitir declaraciones o responder consultas sobre este tema en los medios de comunicación.