La Corte de Apelaciones de Punta Arenas rechazó hoy –miércoles 7 de agosto– el
recurso de protección presentado en representación del Club Deportivo Presidente
Carlos Ibáñez, en contra de la Federación de Fútbol de Chile (FFCh), por haber
dado por ganador al equipo de primera división Huachipato, del partido que debían
disputar ambas escuadras el 30 de junio pasado y que fue suspendido por
razones climáticas.
En fallo unánime (causa rol 380-2024), la Primera Sala del tribunal de alzada –
integrada por el ministro Marcos Kusanovic Antinopai, el fiscal judicial Pablo Miño
Barrera y la abogada (i) Gustava Aguilar Moraga- desestimó la procedencia de la
acción constitucional de amparo por pérdida de oportunidad, al haber anulado la
resolución impugnada y reprogramado el encuentro correspondiente a la disputa
de la Copa Chile 2024.
“Que, en la especie se ha deducido recurso de protección por el Club Deportivo
Presidente Ibáñez, Sebastián González Jil y la Asociación Regional de Fútbol de
Magallanes contra la recurrida individualizada y el acto omisivo estimado ilegal y
arbitrario alegado lo hace consistir en que la recurrida suspendió partido
programado y dio por ganador a Huachipato F.C., afectando derechos y garantías
constitucionales consagradas en los artículos 19 N°1, 2, 4 y 24”, plantea el fallo.
“Que, al evacuar informe la recurrida instan por el rechazo del recurso en virtud
de lo expuesto en la parte expositiva”, añade.
Para el tribunal de alzada: “En este caso, atendido que, durante la tramitación de
este recurso, la recurrida emitió el pronunciamiento que la recurrente buscaba
obtener mediante el ejercicio de su acción constitucional, según certificado emitido
con fecha 17 de julio de 2024, firmado por don Jorge Yunge Williams, Secretario
General de la FFCH, dando cuenta de decisión adoptada en sesión extraordinaria
de Directorio de la FFCH de fecha 12 de julio de 2024, respecto ‘Dejar sin efecto la
decisión adoptada en sesión extraordinaria de Directorio de la FFCH, con fecha 26
de junio de 2024 y, en consecuencia, reincorporar al Club Deportivo Presidente
Ibáñez a la competencia del Campeonato Copa Chile 2024’, a lo que se adiciona
que su abogada en estrados precisó que próximamente se va a proceder a
reprogramar el partido a disputarse entre el aludido Club Deportivo Presidente
Ibáñez y el Club de Deportes Huachipato en fecha FIFA, fijándose día y hora al
efecto.
“En atención a lo anterior no se cumple en la especie la exigencia contenida en la
letra d) del considerando segundo, toda vez que actualmente no existen medidas
que adoptar respecto de la recurrida, por haber perdido oportunidad el presente
arbitrio”.
Por tanto, se resuelve que: “SE RECHAZA el recurso de protección deducido por
Juan José Srdanovic Arcos, en favor de Club Deportivo Presidente Carlos Ibáñez
y por Sebastián González Jil, y a su turno, por Paolo Pezzolla Biott en favor de la
Asociación Regional de Fútbol de Magallanes, contra la recurrida Asociación
Chilena de Futbol”.