ATENCIÓN ALCALDES Y ALCALDESAS EL CORE APROBO IMPORTANTES CAMBIOS PARA FACILITAR ENTREGA DE RECURSOS PARA PROYECTOS FRIL.

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En el Consejo Regional se analizo la Moción Nº101 de fecha 10/06/2024. Habiendo sido trabajada esta
iniciativa por la Comisión de Presupuesto y Fomento Regional se aprobo por el Pleno del Consejo Regional las modificaciones del Instructivo FRIL, año 2024, en los términos que a continuación:

  1. En el punto N° 8: “Aspectos administrativos de la ejecución FRIL “Tradicional” y por “Administración Directa”.
    Donde dice:
    La transferencia de Recursos desde el Gobierno Regional a la Municipalidad se efectuará conforme a programa de caja que presente la Institución receptora y al avance efectivo en la ejecución de las
    obras o actividades y utilización de los recursos, según se establezca el convenio respectivo.
    Debe decir:
    La transferencia de Recursos desde el Gobierno Regional a la Municipalidad se efectuará conforme al programa de caja que presenta la Institución receptora, según se establece en el convenio respectivo.

  1. En el punto N° 8.1: “Transferencias”.
    Donde dice:
    Los recursos que se transfieran a municipalidades, no serán incorporados en sus presupuestos, sin perjuicio de que deberán rendir cuenta de su utilización a la Contraloría General de la República, además de la que corresponda a este Gobierno Regional.
    Debe decir:
    Los recursos que se traspasen a los municipios serán incorporados en sus presupuestos, de acuerdo al Dictamen N° E452289 de fecha 14.02.2024, lo cual permitirá registrar en la contabilidad de la
    municipalidad las transferencias corrientes y de capital recibidas desde los Gobiernos Regionales, conforme a la Ley N° 21640, de presupuestos del Sector Público año 2024.

En el punto N° 8.1.2: “Licitación Pública” (se modifica el punto en su totalidad).
Debe decir:
De acuerdo a la solicitud escrita mediante oficio en original del Sr. (a) Alcalde (sa) de la Il. Municipalidad, dirigido al Sr. (a). Jefe División de Presupuesto e Inversión Regional del Servicio de Gobierno Regional,
quién a su vez deriva al jefe(a) de la Unidad Administrativa de Control e Inspecciones, la gestión de solicitar mediante MEMO interno a la División de Administración y Finanzas, la remesa inicial compañada de la siguiente documentación:
 Programación Desembolso (caja) de transferencia firmado por jefe (a) DPIR-GORE y jefe (a) Servicio Receptor (ANEXO N° 12).
 Copia Convenio de Transferencia.
 Copia Resolución Exenta que aprueba Convenio de Transferencia. Cabe señalar que la programación de desembolso deberá ser concordante con los estipulado en el convenio de transferencia respectivo, además se tiene que considerar lo siguiente por ítems;
 Ítems Obras Civiles y Equipamiento; La transferencia se considera a lo menos en dos cuotas o remesas.
 Ítems Consultoría; Se considera una transferencia única por el 100%.
 Ítems Gastos Administrativos; Se considera una transferencia única por el 100%.


Para el caso de los ítems donde existieran a lo menos dos transferencias, se deberá tener en consideración que, para poder realizar la transferencia de la segunda cuota, se realizará de acuerdo a
lo estipulado en el punto 9.2 dl presente instructivo y a la Resolución N°30 que fija las normas de procedimientos sobre rendición de cuentas.


Sin perjuicio a lo anterior, en el caso de requerir la siguiente remesa y no se tenga rendido el 100% de la anterior, y en forma excepcional y debidamente justificado, el municipio podrá solicitar un nuevo
requerimiento de recursos acompañando dicha solicitud con un

    certificado de compromiso futuro donde se justifiquen que el saldo disponible no es suficiente para dar continuidad al contrato respectivo y a los compromisos financiaros adquiridos, adicionando que el
    requerimiento deberá ser realizado una vez el avance real ejecutado supere financieramente el monto total de la cuota transferida anteriormente. Dicho certificado deberá contener como mínimo lo
    siguiente; Detalle de transferencias, detalle de rendiciones, detalle estado de pagos, avance físico real, avance financiero, datos del contrato 8fechas) y breve argumentación de las razones que funden la
    solicitud.

    1. En el punto N° 9.2: “Licitación Pública”.
      Donde dice:
      De acuerdo a la rendición remitida mediante oficio en original del Sr(a)
      Alcalde (sa) de la Il. Municipalidad, dirigido al Sr.(a). jefe (a) División
      de Presupuesto e Inversión Regional de Servicio Gobierno Regional,
      quien a su vez deriva al Jefe (a) Depto. Seguimiento y Control, la
      gestión de rendición de remesa a la División de Administración y
      Finanzas, acompañado de copias de la siguiente documentación:
       Comprobante de ingreso de la Remesa Anterior emitido por el
      Municipio.
       Comprobante de Egreso firmado por la Empresa Contratista con
      nombre y RUT.
       Decreto Alcaldicio de Pago.
      Complementariamente, el Departamento de Seguimiento y Control, una
      vez examinada la documentación anteriormente señalada, las reenvía
      directamente a la DAF-GORE, acompañada de los siguientes reportes
      que permitan dar validez a la transferencia solicitada:
       Carátula Chile Indica, firmada por el Analista Responsable y el
      Jefe Dpto. Seguimiento y Control de Proyectos. (DPIR)
       Comprobante SIGFE (compromiso) (DPIR)
      En consideración a lo expuesto, cada municipio deberá velar por el
      cumplimiento exhaustivo de los solicitado de acuerdo a lo establecido
      en el Convenio de Transferencia respectivo.

    Debe decir:
    Deberá ser remitida mediante oficio en original del Sr. Alcalde (sa) de la Il. Municipalidad, dirigido al Sr. (a) Jefe (a) División de Presupuesto e Inversión Regional de Servicio Gobierno Regional, quien a su vez
    deriva al jefe(a) de la Unidad Administrativa de Control e Inspecciones, la gestión de la rendición de la remesa a la División de Administración y Finanzas, acompañado de la copia de la siguiente documentación:


     Comprobante de ingreso de la Remesa inicial o anterior del
    servicio receptor de recursos.
     Planilla de rendición de cuentas (rendición de fondos entregados a
    terceros públicos), según Resolución 30.
     Detalle de rendición de cuentas según Resolución 30.
     Decreto Alcaldicio de Adjudicación.
     Decreto Alcaldicio aprobando el contrato.
     Copia del Contrato.
     Decreto Alcaldicio que designa la Inspección Técnica de la Obra,
    incluyendo Subrogante (Profesionales competentes del área
    conforme a lo estipulado en la LGUC);
     Copia del acta de entrega de terreno.
     Copia de la Boleta de garantía vigente que caucione el Fiel
    Cumplimiento de contrato y Buena Ejecución de la Obra.
     Programación física-financiera del proyecto (Todos los ítems
    presupuestarios);
     Para el control del avance efectivo real de la obra, se deberá
    incluir en la rendición copia del o los estados de Pago cursados y
    aprobados por dicho municipio, lo que a lo menos deberá contener
    la siguiente información:
     Caratula de Estado de pago.
     Detalle de las partidas con avance físico efectivo, firmado
    por la U.T. y el Contratista.
     Copia Factura.
     Certificado de la Inspección del Trabajo actualizado sin
    observaciones.
     Set de fotografías a color actualizadas (de las partidas a
    cobrar);

     Permiso de Edificación, recepción municipal, recepción provisoria o algún otro documento o certificado necesario para la ejecución del proyecto.

     Para el control financiero y respaldo en la utilización de los recursos entregados, deberá incluir en cada rendición la siguiente información:
     Comprobante de egreso firmado por la Empresa Contratista con nombre y RUT.
     Decreto de Pago.
     Comprobante de pago o transferencia.
     Copia del certificado de cesión en caso de ser necesario.


    Finalmente, cabe destacar que esta modificación busca facilitar el financiamiento de la mayor cantidad de iniciativas asociadas al presente proceso FRIL, ello en pos de mejorar el flujo económico de dichas
    iniciativas, lo cual va en directo beneficio a la calidad de vida de la población.