TOP condeno a 818 días de presidio efectivo a autor de lesiones graves en Fiestas Patrias

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas condenó hoy –martes 26 de diciembre– a
Juan Arturo Pérez González a la pena de cumplimiento efectivo de 818 días de presidio, en calidad
de autor del delito consumado y recalificado de lesiones graves. Ilícito perpetrado el 18 de
septiembre del año pasado, en la comuna de Puerto Natales.

En fallo unánime (causa rol 113-2022), el tribunal –integrado por los magistrados Alejandra Rosas
Lagos (presidenta), Guillermo Cádiz Vatcky y Palmira Muñoz Leiva (redactora)– aplicó, además, a
Pérez González la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la
condena.

El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que en horas de la madrugada del
18 de septiembre 2022, “(…) JUAN ARTURO PÉREZ GONZÁLEZ junto a Laura Isabel Vargas Vargas
se encontraban en el domicilio de la víctima Juan Cárdenas Barría ubicado en calle Teniente
Serrano N°459 de la comuna de Puerto Natales sostuvo una discusión con este, instantes en que
procede a agredirlo, propinándole golpes de pie y puño en la cabeza y en distintas partes del
cuerpo ocasionándole con ello falla orgánica múltiple, consistente en injuria miocárdica, injuria
renal aguda KDIGO III pre renal, renal, hepatitis isquémica, coagulopatía; Asimismo, Politrauma,
consistente en TEC grave complicado con hematoma subdural parietal izquierdo más
subaponeurótico frontoparietal izquierdo más hemoventrículo, fracturas costales 2° 6° arco costal
derecho en su aspecto anterior, fracturas de la 2° a 9° arco costal izquierdo en su aspecto anterior,
fractura de cuerpo esternal en el tercio medio, fractura piso órbita izquierda, contusión globo
ocular izquierdo y lesiones dentarias múltiples; además de acidosis metabólica anión gap elevado,
lesiones estas de carácter grave, luego de lo cual se retira del lugar llevándose sus pertenencias
personales para luego regresar al domicilio, momento en el cual encuentra a la víctima tirado en el
piso y sangrando, percatándose de la gravedad en que se encontraba por lo que concurre hasta el
domicilio de la sobrina de este a pedir ayuda para que le prestaran la atención médica oportuna;
no denunciando el hecho ante la presencia de carabineros el mismo día de ocurrencia de los
hechos y alegando ignorancia de estos”.