SMA REFUERZA CUIDADO DE CENTROS DE SALMONES ANTE POSIBLE FLORACION DE ALGAS NOCIVAS

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El Niño: SMA refuerza a titulares de Centros de Engorda de Salmones la necesidad de adopción
de medidas preventivas ante posibles floraciones algales nocivas y mortalidades masivas

 En un oficio dirigido a las empresas, la Superintendencia del Medio Ambiente advirtió la
ocurrencia del fenómeno en las costas del país, con el objetivo de que se implementen
todas las medidas comprometidas a fin de evitar y controlar posibles efectos generados
por eventos FAN y una posible mortalidad masiva de peces.

Santiago, 01 de septiembre de 2023.- La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) envió un
oficio a los titulares de Centros de Engorda de Salmones (CES) para recordar la exigencia de tomar
medidas ante eventuales mortalidades masivas, en el contexto de la manifestación del fenómeno
de El Niño en el país y su eventual llegada a la zona sur durante la época estival entre 2023 y 2024.
De acuerdo a reportes nacionales e internacionales -entre ellos la National Oceanic and
Atmospheric Administration (NOAA)- el fenómeno comenzó a manifestarse de manera evidente
desde febrero de este año, generando un rápido e intenso aumento de las temperaturas en el
océano de Ecuador y Perú, lo que dio origen a “El Niño Costero”. En la parte norte de Chile, en
tanto, esto comenzó a ocurrir a partir de mayo.

Si bien existe un desfase temporal respecto de su llegada al sur del país, en el documento enviado
a los CES, la SMA recordó la obligatoriedad de adoptar las medidas preventivas necesarias para
evitar y controlar los efectos generados por una posible ocurrencia de eventos de floraciones
algales nocivas (FAN) y la consecuente generación de mortalidades masivas de peces en los
centros. Parte de esto, es asegurar todas las medidas logísticas destinadas a cumplir con los planes
de contingencia y/o emergencia ante mortalidades masivas; capacitar a los trabajadores de los
centros de engorda de salmones; asegurar la capacidad de vaciado de jaulas; ejecutar
mantenciones a la infraestructura de apoyo para el desarrollo de las maniobras de atraque de
embarcaciones; entre otras medidas.

Además, se indicó que se encuentra en plena vigencia la instrucción dictada por la SMA -mediante
la Resolución Exenta SMA N°1.610 de diciembre de 2018- en la que se establecen deberes de
actualización de los Planes de Prevención de Contingencias y Planes de Emergencia, mediante la
plataforma Sistema RCA de la SMA, por parte de todos los titulares de Resoluciones de Calificación
Ambiental que los posean.

Esto se suma a que, en diciembre de 2016, la Superintendencia estableció a los titulares de RCA los
deberes de reporte de avisos, contingencias e incidentes, conforme a lo que quedó establecido en
el permiso ambiental o dentro de un plazo de 24 horas desde ocurrido el evento que se informa.
Es importante agregar, igualmente, que los titulares tienen entre sus obligaciones asegurar el
correcto manejo de la mortalidad de sus CES ante una emergencia de mortalidad masiva y el
deber procurar el menor efecto negativo al medioambiente y la salud de las personas.