El Pleno de la Comisión Experta aprobó este jueves el capítulo III del anteproyecto constitucional, titulado «Representación política y participación», que incluye mecanismos para que la ciudadanía pueda ser parte, con límites, de la formación o derogación de leyes.
El artículo 37 establece que un grupo equivalente a entre el 4 y el 6 por ciento del último padrón electoral «podrá presentar a cualquiera de las ramas del Congreso Nacional una iniciativa popular de ley para su tramitación legislativa».
No será procedente para reformar la Constitución, y en caso de abordar materias que sean iniciativa exclusiva del Presidente de la República, éste podrá darle su patrocinio.
En tanto, el artículo 38 sostiene que un grupo que corresponda al 3 por ciento del último padrón «podrá presentar ante el Servicio Electoral una iniciativa de derogación total o parcial de ley, para que sea votada en un referendo».
Será sometida a un examen de admisibilidad por parte de la Corte Constitucional, puesto que «no podrá referirse a leyes o disposiciones que correspondan a materias de iniciativa exclusiva del Presidente de la República o a aquellas vinculadas a tratados internacionales, ni a reformas constitucionales; y tampoco podrá producir un efecto que contraviene la Constitución o los derechos adquiridos conforme al ordenamiento jurídico».
Algunos comisionados de derecha plantearon sus reparos al mecanismo de derogación, pues creen que podría terminar siendo utilizado para botar cualquier tipo de ley que haya sido aprobada por el Congreso.